Tipo de Cambio

CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA DEL AGENTE ADUANAL

Exposición de motivos

Los grandes cambios en el mundo, y México en él, han generado un ambiente de confusión y de inquietud, como consecuencia de los escándalos de corrupción en muchas instituciones públicas y privadas. La crisis es resultado del materialismo y del abandono por considerarlos incómodos o superfluos, o simplemente por ignorancia culpable, de los principios de una ética de dimensiones universales.

Si pensamos que en la familia, en el círculo social y en el ámbito del trabajo profesional deben ser fomentados y aplicados los principios y las convicciones éticas, estamos obligados replantear, con gran urgencia, una ética para el mundo aduanal, para los negocios, para la sociedad, en suma, para el hombre y para la mujer de hoy.

Por desligarse de la realidad concreta, muchas instituciones públicas y privadas fracasan. Por el desprecio o la ignorancia de los valores morales, muchos seres humanos hacen fracasar a las instituciones. La visión seductora de la ganancia de corto plazo impulsa el rechazo de los principios éticos, porque éstos estorban el negocio fácil y sin escrúpulos.

En este contexto, el interés de CAAAREM por construir este nuevo Código de Ética y Conducta para las personas que de manera especializada concurren al sistema aduanal de la República Mexicana desde la iniciativa privada, nos obliga a actualizar un valioso instrumento, que debe ser punto de referencia y de reflexión obligada, para la toma de decisiones en este complicado pero trascendental mercado para la economía mexicana.

La ética institucional integrada en el novedoso esquema actual de gobierno corporativo de instituciones públicas y privadas, es cada vez más un punto de referencia obligado en el mundo de los negocios, pero debe ser entendida como una política consistente y vinculada con la normatividad interna.

Los códigos de ética y conducta son, además, valiosos instrumentos tanto para la calificación externa como para establecer parámetros de certidumbre, dentro de las naturales condiciones de riesgo que establece un mercado competitivo.

En muchas instituciones se puede lograr con relativa facilidad que las personas adquieran los conocimientos necesarios para el mejor desempeño de sus funciones. Lo más difícil de conseguir, sin embargo, es la adhesión de la voluntad a un proyecto común al que no se le descubre, a primera vista, la utilidad o el beneficio. Tal es el caso de los códigos de ética.

Considerandos:
  • Este nuevo Código de Ética y Conducta del Agente Aduanal afiliado a CAAAREM, pretende ser un documento que, además de ser vinculado de manera formal con los Estatutos de la Confederación, sirva como instrumento obligado para el mejor desempeño de las actividades propias del gremio.
  • Considerando que, en los tiempos en que vivimos el gremio de los Agentes Aduanales exige un replanteamiento de su dimensión ética, es impostergable asumir el compromiso de buscar nuevos esquemas que tengan por objeto delinear las pautas de conducta, tendientes a evitar las prácticas aduanales deficientes o corruptas, que han deteriorado el prestigio de ese noble gremio frente a la sociedad mexicana y frente a las autoridades.
  • Lo anterior exige una profunda reflexión sobre aquellas conductas que obstaculizan el desarrollo profesional y ético de los afiliados gremio, reflexión que habrá de traducirse en acciones que tiendan a prevenir eficazmente la competencia desleal en tarifas de honorarios, las prácticas de piratería de clientes o el uso ilícito de la patente, la retribución o gratificación indebida a los clientes y otras; acciones todas que han producido la desunión de los Agentes Aduanales.
  • Es imperativa, la búsqueda de mecanismos que propicien una nueva relación de respeto, dignidad e independencia con las autoridades, que impulsen conductas contrarias a toda práctica de simulación, con escrupuloso apego a la ley, que prevengan y combatan el coyotaje, la renta de patentes y, en general, toda forma de corrupción, pero que al mismo tiempo defiendan los derechos inalienables del Agente Aduanal consagrados en la ley.
  • El nuevo Código de Ética y Conducta ha sido concebido en el marco de un sistema autorregulatorio. Resulta indispensable, en consecuencia, impulsar la inducción de valores éticos y la capacitación técnica-profesional del Agente Aduanal y de todas las personas estrechamente vinculadas a su actividad.

    Objetivos
    Los grandes cambios en el mundo, y México en él, han generado un ambiente de confusión y de inquietud, como consecuencia de los escándalos de corrupción en muchas instituciones públicas y privadas. La crisis es resultado del materialismo y del abandono por considerarlos incómodos o superfluos, o simplemente por ignorancia culpable, de los principios de una ética de dimensiones universales.

    Si pensamos que en la familia, en el círculo social y en el ámbito del trabajo profesional deben ser fomentados y aplicados los principios y las convicciones éticas, estamos obligados replantear, con gran urgencia, una ética para el mundo aduanal, para los negocios, para la sociedad, en suma, para el hombre y para la mujer de hoy.

    Por desligarse de la realidad concreta, muchas instituciones públicas y privadas fracasan. Por el desprecio o la ignorancia de los valores morales, muchos seres humanos hacen fracasar a las instituciones. La visión seductora de la ganancia de corto plazo impulsa el rechazo de los principios éticos, porque éstos estorban el negocio fácil y sin escrúpulos.

    En este contexto, el interés de CAAAREM por construir este nuevo Código de Ética y Conducta para las personas que de manera especializada concurren al sistema aduanal de la República Mexicana desde la iniciativa privada, nos obliga a actualizar un valioso instrumento, que debe ser punto de referencia y de reflexión obligada, para la toma de decisiones en este complicado pero trascendental mercado para la economía mexicana.

    La ética institucional integrada en el novedoso esquema actual de gobierno corporativo de instituciones públicas y privadas, es cada vez más un punto de referencia obligado en el mundo de los negocios, pero debe ser entendida como una política consistente y vinculada con la normatividad interna.

    Los códigos de ética y conducta son, además, valiosos instrumentos tanto para la calificación externa como para establecer parámetros de certidumbre, dentro de las naturales condiciones de riesgo que establece un mercado competitivo.

    En muchas instituciones se puede lograr con relativa facilidad que las personas adquieran los conocimientos necesarios para el mejor desempeño de sus funciones. Lo más difícil de conseguir, sin embargo, es la adhesión de la voluntad a un proyecto común al que no se le descubre, a primera vista, la utilidad o el beneficio. Tal es el caso de los códigos de ética.

    Considerandos:
  • Este nuevo Código de Ética y Conducta del Agente Aduanal afiliado a CAAAREM, pretende ser un documento que, además de ser vinculado de manera formal con los Estatutos de la Confederación, sirva como instrumento obligado para el mejor desempeño de las actividades propias del

  • Considerando que, en los tiempos en que vivimos el gremio de los Agentes Aduanales exige un replanteamiento de su dimensión ética, es impostergable asumir el compromiso de buscar nuevos esquemas que tengan por objeto delinear las pautas de conducta, tendientes a evitar las prácticas aduanales deficientes o corruptas, que han deteriorado el prestigio de ese noble gremio frente a la sociedad mexicana y frente a las autoridades.
  • Lo anterior exige una profunda reflexión sobre aquellas conductas que obstaculizan el desarrollo profesional y ético de los afiliados gremio, reflexión que habrá de traducirse en acciones que tiendan a prevenir eficazmente la competencia desleal en tarifas de honorarios, las prácticas de piratería de clientes o el uso ilícito de la patente, la retribución o gratificación indebida a los clientes y otras; acciones todas que han producido la desunión de los Agentes Aduanales.
  • Es imperativa, la búsqueda de mecanismos que propicien una nueva relación de respeto, dignidad e independencia con las autoridades, que impulsen conductas contrarias a toda práctica de simulación, con escrupuloso apego a la ley, que prevengan y combatan el coyotaje, la renta de patentes y, en general, toda forma de corrupción, pero que al mismo tiempo defiendan los derechos inalienables del Agente Aduanal consagrados en la ley.
  • El nuevo Código de Ética y Conducta ha sido concebido en el marco de un sistema autorregulatorio. Resulta indispensable, en consecuencia, impulsar la inducción de valores éticos y la capacitación técnica-profesional del Agente Aduanal y de todas las personas estrechamente vinculadas a su actividad.


  • Código de Ética y Conducta del Agente Aduanal
    1. Filosofía del Agente Aduanal


    Visión. El Agente Aduanal debe ser la persona física capaz de desarrollar con dignidad, esmero profesional y autoridad moral, la actividad relacionada con el Comercio Exterior, que en estricta observancia del Código de Ética y Conducta, haga posible su credibilidad y trascienda en legítimos beneficios personales y sociales en bien de la comunidad.

    Misión. El Agente Aduanal le da sentido a su quehacer técnico y profesional, cuando contribuye al proyecto histórico de construir un país más productivo, más capacitado y más transparente, por ser ética y socialmente responsable.

    El Agente Aduanal, agremiado nacionalmente, contribuye de manera eficiente y eficaz al desarrollo de la economía mexicana, desde la iniciativa privada; desempeñándose en el ámbito del Comercio Exterior de manera confiable, tanto por su capital intelectual especializado, como por su capacidad de evolución y por sus convicciones éticas.

    Valores. El Código de Ética y Conducta del Agente Aduanal afiliado a CAAAREM, reconoce quince valores éticos y un conjunto de disposiciones aplicables, resumidas en seis principios que proponen el deber ser ideal de la conducta del Agente Aduanal, que puede ser la de cualquier persona en condiciones similares. En todo caso, son principios aplicables al desempeño de las actividades profesionales afines al desarrollo económico de México.

    Respeto a las leyes. Es el convencimiento del valor que tiene para el desarrollo armonioso de una sociedad, el apego a las leyes del Estado y de sus instituciones, así como el respeto a las normas que rigen la actividad profesional.

    Honestidad. Consiste en la disposición permanente para respetar los bienes, las vidas y las honras ajenas.

    Honradez. Se refiere al reconocimiento, honra o fama pública de una persona que se reputa como honesta.

    Orden. Comportarse de conformidad con las normas necesarias para el logro de algún objetivo deseado y previsto en la organización de las cosas, en la distribución del tiempo y en la realización de las actividades, por voluntad propia y no por coacción.

    Justicia. Es la constante voluntad de dar a cada quien lo suyo (Ulpiano), de acuerdo con sus derechos y en cumplimiento de sus deberes.

    Equidad. Consiste en tratar de manera diferenciada a los desiguales, considerando las distintas circunstancias y capacidades de cada quien.

    Responsabilidad. Asume las consecuencias de sus actos intencionados, resultado de las decisiones de acción o de omisión. También responde por los actos no intencionados que puedan perjudicar a otras personas, procurando remediar los perjuicios causados.

    Confianza. Condiciones morales necesarias para creer en la rectitud de los demás, así como para atraer la credibilidad en uno mismo.

    Confidencialidad. Es el respeto por datos o hechos que deben guardarse en sigilo para no afectar indebidamente la honorabilidad de las personas, los procedimientos que exigen secrecía, a las instituciones, al mercado o a la sociedad misma.

    Veracidad. Conducirse siempre de conformidad con los hechos de la realidad, diciendo solamente lo que es o lo que honestamente se piensa.

    Lealtad. Acepta los vínculos implícitos en su adhesión a otros –amigos, familiares, jefes, colegas, patria, instituciones, etc.-, de tal modo que refuerza y protege, a lo largo del tiempo, el conjunto de valores que representan y que dan sentido de pertenencia y participación en un proyecto trascendente.

    Imparcialidad. Capacidad para ser objetivos en nuestras decisiones y juicios, evitando la subjetividad o el conflicto de intereses.

    Solidaridad. Consiste en la atención y ayuda desinteresada que unos seres humanos brindan a otros, por pertenecer al mismo grupo, gremio o familia, o solamente por ser humanos.

    Subsidiariedad. Es el respeto por el orden de prelación entre los seres humanos, las comunidades y las instituciones, por el cual no debe hacer la entidad mayor lo que pueda hacer la menor; pero también debe ser la mayor la que asista a la menor para coadyuvar en su desarrollo integral.

    Integridad. En este valor se incluyen, de manera excelente, todos los demás valores. Constituye el ideal de perfección moral posible de todo ser humano.

    Principios del Agente Aduanal
    Son los conceptos fundamentales que deben guiar su actuación profesional:

    1. Respeto en la relación del Agente Aduanal con sus clientes
    2. Respeto en la relación del Agente Aduanal con la Autoridad
    3. Respeto en la relación del Agente Aduanal con sus colegas Agentes Aduanales
    4. Respeto en la relación del Agente Aduanal con la sociedad
    5. Respeto en la relación del Agente Aduanal con sus instituciones
    6. Ética en la publicidad del Agente Aduanal.

    II. Normas de Conducta del Agente Aduanal

    1. Relación Agente Aduanal con sus Clientes
    1.1 El Agente Aduanal prestará sus servicios a todos aquellos solicitantes que, de acuerdo con las leyes mexicanas, tengan capacidad para realizar operaciones de despacho aduanero dentro de las condiciones legales y éticas, con observancia total de los principios de confidencialidad, profesionalismo y honestidad.
    1.2 El Agente Aduanal deberá guardar confidencialidad escrupulosa sobre la naturaleza y condiciones de los negocios que se le encomienden. Sólo conservará la obligación de brindar información sobre los negocios de sus clientes, a la autoridad competente y bajo los supuestos previstos por la ley de la materia.
    1.3 El Agente Aduanal actuará en todo momento en la gestión de sus negocios y en la relación con sus clientes con diligencia, eficacia, de manera informada y profesional, con estricto apego a los principios de responsabilidad y honestidad. Para todo lo cual se exigirá siempre de él, constante capacitación y actualización profesionales.
    1.4. El Agente Aduanal, en virtud del compromiso establecido con su cliente, responderá por su desempeño profesional y por el estado y resultado del negocio, por lo que se abstendrá de delegar dicha responsabilidad en tercero alguno mediante cualquier figura que implique el uso indebido de la patente.
    1.5 El Agente Aduanal no deberá disponer de los anticipos o fondos de sus clientes, para fines distintos a los de las operaciones específicamente acordadas por ambas partes.
    1.6 El Agente Aduanal deberá en todo momento proporcionar al cliente información veraz, transparente y oportuna.

    2. Relación Agente Aduanal con la Autoridad
    2.1 El Agente Aduanal se conducirá con el debido respeto ante la autoridad de acuerdo a la honorabilidad y dignidad, que la investidura de su patente le otorga.
    2.2 El Agente Aduanal actuará en todo momento con estricto apego a la Ley, absteniéndose de realizar en cualquier etapa del despacho, declaraciones falsas, ficticias o fraudulentas, así como de proporcionar información falsa o imprecisa a la autoridad competente. Absteniéndose de llevar a cabo actos de simulación contrarios a las normas jurídicas y a la ética.
    2.3 El Agente Aduanal, en virtud de su dignidad y calidad en el ejercicio de su patente, deberá hacer uso de los derechos que la ley le confiere.

    3. Relación Agente Aduanal con su Colega Agente Aduanal.
    3.1 El Agente Aduanal reconoce en su colega aduanal igualdad en dignidad y profesionalismo, por lo que se abstendrá en todo caso de realizar actos que demeriten tal naturaleza. En tal virtud, el Agente Aduanal deberá respetar el ámbito de actuación de sus colegas, sin demérito de sus legítimos intereses.
    3.2 Agente Aduanal fijará los honorarios de sus servicios con apego estricto a lo estipulado por las instancias competentes. Se abstendrá en todo caso de aplicar honorarios con criterios discrecionales e inferiores a los estipulados.
    3.3 El Agente Aduanal se abstendrá, en todo momento, de ofrecer y prestar sus servicios profesionales en condiciones tales que pueda presumirse, fundadamente, que los costos de operación son mayores al monto de sus honorarios. La competencia leal y transparente se alienta y se nutre de un entorno económico sano, justo y equitativo.
    3.4 El Agente Aduanal, en atención al espíritu de solidaridad gremial y profesional, brindará cooperación solidaria y subsidiaria a sus colegas, cuidando de no atraer empleados de colegas mediante prácticas desleales.
    3.5 El Agente Aduanal respetará irrestrictamente los ámbitos de actuación profesional de sus colegas en activo o suspendidos.

    4. Relación Agente Aduanal con la Sociedad
    4.1 El Agente Aduanal, en su actividad empresarial, debe ser socialmente responsable y, como todo actor económico, deberá mantener siempre al corriente sus obligaciones legales y observar una conducta solidaria con la sociedad.
    4.2 El Agente Aduanal deberá ser ejemplo de rectitud de actuación profesional para prestigiar, con su conducta frente a la sociedad, la actividad del gremio, aceptando la filosofía y los principios y normas establecidos en el presente Código de Ética y Conducta, mediante la firma de la Carta de Adhesión anexa al mismo.
    4.3 El Agente Aduanal deberá retribuir con sueldos dignos los servicios de sus dependientes, en atención al principio de justicia social.
    4.4 El Agente Aduanal, en el ámbito de su competencia y de su actividad profesional, promoverá el respeto por el medio ambiente en el marco del desarrollo sustentable.

    5. Relación del Agente Aduanal con sus Instituciones
    5.1 El Agente Aduanal afiliado a una Asociación confederada a CAAAREM, deberá observar estrictamente las normas que rigen su actuación en el ámbito local, de conformidad con sus estatutos. Del mismo modo, los Agentes Aduanales con patente nacional, deberán atenerse a lo estipulado en las disposiciones de las asociaciones en las que operan.
    5.2. El Agente Aduanal se someterá al escrutinio que sobre su conducta ética y desempeño ejerza la Comisión Honor y Justicia, de conformidad con el procedimiento estatutario.
    5.3. El Agente Aduanal que conozca de conductas delictivas o atentatorias al Código de Ética y Conducta o a los Estatutos, deberá informar y, de ser posible, aportar la evidencia de las violaciones que se tenga conocimiento, a la Confederación de Asociaciones de Agentes Aduanales de la República Mexicana.
    5.4 El Agente Aduanal es moralmente responsable de sus actos de despacho aduanero ante sí mismo y ante la sociedad, por lo cual deberá operar los mecanismos necesarios para que el presente Código sea difundido y aplicado entre sus socios y sus colaboradores.
    5.5 La unidad de propósitos comunes y la congruencia en la aplicación de los principios y valores éticos y morales hacen la fortaleza del gremio. La cultura de la solidaridad, la subsidiariedad y el respeto a la dignidad personal entre colegas y colaboradores, hacen posible el logro de legítimos beneficios personales y gremiales.

    6. Ética de la publicidad
    6.1 La publicidad es un recurso legítimo del Agente Aduanal para la promoción de sus negocios. Sin Embargo, el Agente Aduanal deberá abstenerse de descalificar a sus colegas, así como de hacer ofertas de servicios sin el respaldo efectivo.
    6.2. El Agente Aduanal deberá conducirse, en sus campañas publicitarias, de manera transparente y veraz, de tal modo que estará impedido de ofrecer servicios que no pueda atender o que siendo de terceros los publicite como propios.